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  Artículos del Código de Protección Animal buscan la protección de las gallinas ponedoras y otros animales de granja


30 Agosto 2022

Gallinas ponedoras y otros animales de granja, se verán beneficiados con el Código de Protección y Bienestar Animal, que prohíbe prácticas crueles, como el hacinamiento y las amputaciones. De igual manera, establece un sistema de etiquetado de huevos.




El pasado 21 de julio de 2022, fue radicado el proyecto de ley 008 de 2022 Cámara "Por la cual se expide el código nacional de protección y bienestar animal". El objeto de la Ley es la compilación y desarrollo de normas de protección y bienestar animal para garantizar que las interacciones entre humanos y animales se guíen por los principios de conservación, bienestar, solidaridad social, progresividad y proporcionalidad. Lo anterior tiene en cuenta la necesidad de cambiar las percepciones en las que, además de ser reconocidos como seres sintientes, los animales adquieren una verdadera titularidad de derechos que garanticen la reparación del sufrimiento y la explotación que han sufrido a lo largo de los siglos.
Teniendo en cuenta lo anterior, para elaborar, actualizar y establecer una legislación de protección y bienestar animal acorde con la Constitución de 1991, reconociendo y definiendo el alcance de los derechos de los animales, se hace necesario promulgar un Código Nacional de Protección y Bienestar Animal.



Impresión de la gaceta 857 del Congreso que anuncia la radicación del Código de Protección Animal
Gallinas libres de jaulas.
Fuente: Gaceta del Congreso



Entre los autores de esta ley se encuentran los siguientes congresistas: Juan Carlos Lozada Vargas, Julian Peinado Ramírez, Luis Alberto Albán Urbano, David Ricardo Racero Mayorca, Alfredo Mondragón Garzón, Santiago Osorio Marín, Martha Lisbeth Alfonso Jurado, Dolcey Oscar Torres Romero, Álvaro Leonel Rueda caballero, Jezmi Lizeth Barraza Arraut, Gilma Díaz Arias, Mónica Karina Bocanegra Pantoja, Flora Perdomo AndradeAlejandro Alberto Vega Pérez, Edwing Fabián Díaz Plata, Nicolás Albeiro Echeverri Alvarán, Ariel Fernando Avíla Martínez, María José Pizarro Rodríguez, Inti Raúl Asprilla Reyes, Omar de Jesús Restrepo Correa, Yuly Esmeralda Hernández Silva, Griselda Lobo Silva


En lo referente a los animales domésticos usados para producción, el Capítulo X, que consta de 14 artículos, abarca muchas de las problemáticas que han sido denunciada ampliamente desde la sociedad civil. A continuación compartimos algunos de los artículos referentes a la protección de las gallinas ponedoras:

ARTÍCULO 97º. En el caso de la producción de huevos, se preferirán los sistemas libres de jaulas a los sistemas convencionales y/o de jaulas en batería. En el periodo establecido para la transformación de este sistema productivo, también deberán establecerse tecnologías de sexaje para evitar el descarte de pollitos machos y un sistema de etiquetado transitorio que permita a los consumidores identificar los sistemas de producción.

ARTÍCULO 98º Se prohíben las prácticas de encierro, aislamiento y las amputaciones que no sean necesarias por recomendación veterinaria o por razones sanitarias. En todo caso, no podrá haber hacinamiento de los animales. No se realizarán cortes de pico, marcado a fuego, ni modificaciones en los cuerpos de los animales con fines de identificación o para evitar agresiones derivadas de condiciones estresantes, las cuales deberán ser corregidas con cambios locativos.

ARTÍCULO 99º. Las castraciones y demás procedimientos quirúrgicos deberán adelantarse con anestesia o cualquier otro mecanismo tendiente a reducir el dolor y evitar el estrés. Estos procedimientos deberán ser realizados, sin excepción alguna, por médicos veterinarios o médicos veterinarios zootecnistas, bajo las condiciones de higiene requeridas y con los instrumentos necesarios. El topizado de bovinos, así como su castración, deberá realizarse a la mayor brevedad. En el caso del primero el término no deberá superar la segunda y la quinta semana del animal.


Gallinas en pastoreo.
Gallinas libres de jaulas.
Fuente: bogota.gov.co




Hay que recordar que el confinamiento de gallinas en sistemas de jaulas provoca, entre otras afectaciones, una reducción en la resistencia ósea, lo que exacerba el desarrollo de la osteoporosis que, sumado a la falta de ejercicio, conlleva una mayor probabilidad de fractura de huesos; además es común que las gallinas enjauladas desarrollen diferentes tipos enfermedades y sean propensas a sufrir de altos niveles de estrés. De igual forma, artículos científicos han puesto en relieve ante la opinión pública que dentro de estos sistemas existe una mayor propagación de bacterias transmitidas a través del alimento como la Salmonella enteritidis, la cual afecta sobre todo a la población infantil y es un problema de salud pública. Organizaciones de todo el mundo han expuesto las condiciones de insalubridad en las jaulas en batería.

Desde la Plataforma Colombiana por los Animales ALTO, respaldamos esta importante iniciativa. Seguimos enfocando esfuerzos para que el sistema de producción de huevos basado en las baterías de jaulas sea dejado atrás y se haga la transición a sistemas alternativos. Solicitamos al congreso para que respalde el proyecto de ley 008 de 2022 Cámara "Por la cual se expide el código nacional de protección y bienestar animal".


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